Tal y como establece la OGLUA 2009 en su artículo 25 h), las ECLU´s deberán tarifar su precios respetando el limite marcado por el Ayuntamiento de Madrid, y así se hizo por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, el 29 se septiembre de 2011.
La aplicación de los precios se establece en función del tipo de actividad, de las obras a realizar y de los metros cuadrados.
Con el fin de favorecer el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, se establece un precios fijo para actividades de superficie igual o inferior a los 50 metros cuadrados y se produce una rebaja en los precios a aplicar en la implantación de despachos profesionales o talleres domésticos.
En el acuerdo del 29 se septiembre de 2011 también se estableció que los precios a percibir por las ECLU´s no serán inferiores al 90 por ciento del importe máximo marcado por el Ayuntamiento de Madrid, y serán fijados anualmente y comunicados con una antelación mínima de 2 meses a la finalización del año natural.
De esta manera se publican los precios establecidos por S.T.T, S.L. para el año 2012.


