contenido-imagen-agencia-actividades
imagen-logo
contenido-calcular-coste-licencia
Expertos en la tramitación de expedientes urbanísticos
imagen-calcular-licencia
imagen-calcular-licencia-2 Calcula el coste de tu licencia
contenido-home-descripcion-stt
 
STT es la Entidad Colaboradora en la Gestión de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid
Desde la consulta inicial hasta la visita de comprobación, te acompañamos en todo el proceso.
Con toda la garantía del Colegio de Aparejadores de Madrid.
imagen-coaatm
Publicador de contenidos

Noticia destacada

Certificados

STT, única ECU en lograr de forma simultánea el sello ‘Madrid Excelente’ y la certificación AENOR

17.10.2024

Sociedad Técnica de Tramitación (STT) es la única Entidad de Colaboración Urbanística (ECU) de la capital de España en lograr el sello ‘Madrid Excelente’, expedido por la Fundación Madrid por la Competitividad –respaldada por la Comunidad de Madrid–, y que distingue a las empresas y organizaciones que apuestan por la excelencia en sus procesos de gestión, por la innovación, por la sostenibilidad medioambiental y social y por la satisfacción del cliente.

Leer más >
contenido-solvencia-agilidad-economia
ico-solvencia
Solvencia Técnica
Detrás de la tramitación de cada expediente está todo el equipo humano y la experiencia de STT
ico-ventaja
Agilidad
Atención y monitorización de cada expediente para optimizar los plazos de tramitación.
ico-economia
Economía
Aplicación de las tasas mínimas aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid.
contenido-acredita-autoriza-reconocida
Acreditada por:
ico-enac
Autorizada por:

ico-CM

Reconocida por:

ico-madrid-excelente

 
ico-iqnet
Certificada por:

ico-9001

 

ico-14001

Publicador de contenidos

Atrás La Ley LIDER cambia el modelo urbanístico de Madrid

Noticias

La Ley LIDER cambia el modelo urbanístico de Madrid

22/07/2026
Obras MAdrid

El Consejo de gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el proyecto de Ley para el Impulso del Desarrollo Equilibrado de la Región (LIDER), una norma que reforma estructuralmente la planificación urbanística y la gestión del suelo.

Tres objetivos fundamentales: reducir los tiempos de desarrollo urbanístico, facilitar la construcción de vivienda y adaptar el planeamiento de las ciudades a las necesidades de crecimiento de la región.

Dada la trascendencia de esta reforma, Aparejadores Madrid y STT considera de interés acercar las principales novedades al conjunto de sus arquitectos técnicos colegiados.

Para el presidente del Colegio, Gregorio Díaz Están, esta ley es una medida esencial para simplificar de manera eficaz los tramites urbanísticos y permitirá poner a disposición suelo en plazos más razonables sin merma de la seguridad jurídica y por tanto permitirá abordar el déficit de vivienda que venimos arrastrando, durante años. Es un paso importante, pero hay que seguir dando pasos valientes y eficaces en todo el proceso edificatorio, para cambiar la tendencia y no seguir acumulando déficit de viviendas año tras año.

La nueva ley elimina el tradicional Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que ha generado desde finales de los años 90 una vulnerabilidad extrema en materia urbanística. Con el PGOU, si la justicia anulaba una determinación del plan general, se producía una nulidad en cascada de todos los planes de desarrollo, proyectos de urbanización, reparcelaciones e incluso licencias. Con la nueva ley, se sustituye el Plan General por un sistema articulado en dos instrumentos distintos. El primero, el Plan Estratégico Municipal (PEM), establecerá con vigencia indefinida el modelo de ciudad que quiere desarrollar cada municipio: dónde debe crecer, qué zonas deben preservarse, qué capacidad residencial pretende alcanzar o qué necesidades de infraestructuras y equipamientos deberá atender en las próximas décadas.

El segundo instrumento, son los Planes Ejecutivos (PE), que se encargarán de llevar ese modelo a la práctica mediante la ordenación detallada y el desarrollo de ámbitos concretos. Los Planes Ejecutivos delimitarán las parcelas edificables, distribuirán los aprovechamientos urbanísticos, establecerán la red viaria, definirán la urbanización del ámbito, concretarán la localización de los equipamientos y permitirán iniciar la gestión urbanística y la ejecución material del nuevo desarrollo. En otras palabras, mientras el Plan Estratégico responde a la pregunta de qué ciudad se quiere construir, los Planes Ejecutivos determinan cómo se construirá cada parte de esa ciudad.

La Ley LIDER supondrá además un cambio total en la tramitación urbanística. Se abandona el modelo de tramitación sucesiva en favor de un modelo de tramitación simultánea. En un único procedimiento administrativo se podrán aprobar la ordenación, la urbanización y la reparcelación, tres instrumentos distintos que hasta ahora requerían expedientes separados. Además, otra novedad es la integración de la evaluación ambiental. Hasta ahora, el procedimiento podía detenerse durante años a la espera de un informe ambiental externo. Con la nueva ley, la evaluación ambiental se integra en el propio procedimiento de planeamiento o gestión desde el inicio.

Uno de los principales ejes de la ley es la reducción de la carga administrativa. La nueva norma consolida la declaración responsable como mecanismo ordinario para numerosas actuaciones, entre ellas obras de reparación, rehabilitaciones que no afecten a la estructura y cambios de uso compatibles con el planeamiento. Con ello se reduce la necesidad de obtener licencia urbanística en los supuestos en los que el riesgo técnico y jurídico resulte menor.

Paralelamente, el papel de las Entidades de Colaboración Urbanística (ECU) se verá reforzado. La Ley LIDER abre la vía para que las ECU intervengan en dos ámbitos estratégicos que hasta ahora eran exclusivamente de dominio público: el ambiental y el de la vivienda protegida. El valor añadido que aportan las ECU facilitará que la documentación técnica que llega a la Administración cumpla con todas las exigencias de calidad desde el origen.

La Ley LIDER, además, crea una Aceleradora Urbanística Regional, ventanilla única para la tramitación preferente de proyectos de interés regional o de especial complejidad técnica. Se busca coordinar los distintos procedimientos administrativos, reducir duplicidades y acortar los plazos de autorización. 

En opinión de Belén Velasco Sardón, directora de STT Madrid, la ECU del Colegio de Aparejadores de Madrid, esta Ley supone un antes y un después en el urbanismo madrileño, ya que es un cambio absoluto de paradigma. Esperamos que, con su aplicación, una vez sea aprobada, tengamos por fin un urbanismo dinámico, que se adapte a los cambios que se van produciendo en la sociedad y en sus ciudades y pueblos. Se flexibilizaría así un sistema anclado en el pasado, que ha demostrado que ya no sirve para el momento actual.

Para los profesionales de la edificación, la arquitectura técnica y la promoción inmobiliaria, la nueva norma supone un cambio de paradigma. De un modelo urbanístico basado en el control administrativo a posteriori, se pasa a otro en el que previamente se acredita el cumplimiento normativo. El objetivo es reforzar la seguridad jurídica de las operaciones urbanísticas y ofrecer más certidumbre a promotores e inversores.

22/07/2026
Etiquetas:
Compartir esta entrada:
  • img-twitter
  • img-linkedin
  • img-facebook
  • img-mail
  • img-whatsapp
Publicador de contenidos

Confían en STT

ico-telefonica ico-santander ico-chapman ico-plaza-2 Logotipo BlueSpace ico-archi Logotipo Rodilla Logotipo Mapfre Logotipo Dogroup Logotipo Cano y Escario Logotipo Typsa Logotipo Cotolma Arquitrade etc. Proinges GLP Nadico Cooptima Zambal Morph Larvin Vía ágora Umbrataria Caleido
titulo al día

AL DÍA

Aplicaciones anidadas
Al día
¿Quieres estar al día en novedades de normativa y licencias?

Si nos dejas tu contacto te avisaremos cada vez que incluyamos normativa nueva en la página web

Formulario
Publicador de contenidos



Nosotros / STT Madrid
STT Madrid
ancla-1

SOCIEDAD TÉCNICA DE TRAMITACIÓN, S.L.U. (STT) es una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) del Ayuntamiento de Madrid, con la que podrá tramitar de forma rápida y segura sus Declaraciones Responsables y sus Licencias de Obra y Actividad. STT nace impulsada por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid, está inscrita en el registro de Entidades Colaboradoras Urbanísticas de la Comunidad de Madrid, acreditada por ENAC y autorizada por el Ayuntamiento de Madrid.

Desempeño ambiental de STT

Impulsada por:
Acreditada por:
ico-enac
Autorizada por:

ico-CM

Reconocida por:

ico-madrid-excelente




Nosotros / ¿Qué es una ECU?
¿Qué es una ECU?
anclas-2

La actual Ordenanza de licencias y declaraciones responsables urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid define el marco normativo actual para la intervención de las ECUs- Entidades Colaboradoras Urbanísticas en la tramitación de licencias y declaraciones responsables de cualquier uso o actividad, con cualquier tipo de obras. Con la incorporación en la mencionada Ordenanza del procedimiento de declaración responsable, como el procedimiento general de tramitación, se ha conseguido una dinamización y agilidad en la tramitación de expedientes.

 

*Se informa que el Reglamento 7/2022 que establece el régimen de las entidades colaboradoras urbanísticas de verificación, inspección y control, establece en su artículo 10.6 y 10.7 que en los supuestos de extinción de la autorización de una entidad colaboradora, el interesado podrá elegir si el Ayuntamiento continúa con la tramitación de su solicitud de licencia o declaración responsable o si opta por encomendarla a otra entidad colaboradora de su elección, sin que en ningún caso esta circunstancia pueda suponer un incremento de los costes para el interesado. En el supuesto de que el interesado no haga uso de ese derecho, el área de gobierno u organismo competente del Ayuntamiento encomendará la tramitación de su expediente ya iniciado a los servicios técnicos municipales o a otra entidad colaboradora sin que, en ningún caso, esta circunstancia pueda suponer un incremento de los costes para el interesado.




Nosotros / ¿Cómo puede ayudarte una ECU
Cómo puede ayudarte STT
ancla-3

STT, como entidad colaboradora urbanística, desde nuestros comienzos en el año 2009, se ha consolidado como entidad colaboradora urbanística referente de los sectores de actividades en la ciudad de Madrid, demostrando una alta solvencia técnica, seguridad jurídica y agilidad en la tramitación de todos los expedientes.




Nosotros / Tarifas
Tarifas
anclas-4

STT, como entidad colaboradora urbanística, desde nuestros comienzos en el año 2009, se ha consolidado como entidad colaboradora urbanística referente de los sectores de actividades en la ciudad de Madrid, demostrando una alta solvencia técnica, seguridad jurídica y agilidad en la tramitación de todos los expedientes.

Precios y Descuentos

Calcula el coste de tu licencia



Procedimientos / Declaración Responsable
Declaración Responsable
declaracion-responsable

Es el procedimiento general de tramitación para la implantación, modificación y ejecución de obras en actividades y en uso residencial.

La declaración responsable es el documento en el que el interesado manifiesta bajo su responsabilidad, de forma clara y precisa que la actuación urbanística que pretende realizar cumple con los requisitos exigidos en la normativa urbanística y sectorial aplicable a dicha actuación, que dispone de la documentación acreditativa del cumplimiento de los anteriores requisitos y que la pondrá a disposición del Ayuntamiento cuando le sea requerida, comprometiéndose a mantener dicho cumplimiento durante el tiempo que dure la realización del acto objeto de la declaración.

Para facilitar este trámite, Sociedad Técnica de Tramitación elabora un certificado de conformidad, revisando el cumplimiento de toda la normativa de aplicación, lo que garantiza al solicitante su actuación y le otorga plena garantía jurídica.

PASOS A SEGUIR

1

El interesado debe aportar la documentación administrativa y técnica necesaria conforme a lo dispuesto en la Ordenanza de licencias y declaraciones responsables urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid, según se especifica en el protocolo aclarativo sobre documentación que debe acompañar a la declaración responsable.

Documentación Necesaria

  • Persona Jurídica: Copia de las escrituras de constitución de la empresa. DNI del representante legal o administrador de la empresa. Poder de representación si fuera necesario.
  • Persona Física: Copia del DNI
  • Para todos: Justificante del pago del ICIO o de la tasa por ocupación del dominio público local, si corresponde.
d-tecnica
d-administrativa
2

STT emitirá un certificado de conformidad, donde se realizará una revisión de la documentación aportada, indicando si su actuación se adecua a la normativa vigente.

3

Presentación en registro de la declaración responsable, junto con la documentación aportada, y el certificado de conformidad.

4

Comunicada la finalización de la actuación, STT realizará una visita de comprobación para emitir el informe de comprobación material.




Procedimientos / Licencias
Licencias
licencias

Las actividades que se tramitan por el procedimiento de licencia son las definidas en el Anexo I de la Ordenanza de licencias y declaraciones responsables urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid.

El procedimiento de licencia consta de dos fases diferenciadas, la revisión documental para la tramitación de la licencia de actividad y/o obras y la fase de control de obra para la licencia de primera ocupación y funcionamiento.

La licencia es un acto administrativo reglado por el que el Ayuntamiento resuelve autorizar al interesado a realizar una actuación de construcción y edificación, de implantación, desarrollo o modificación de actividad o cualquier otro acto de uso del suelo, expresando el objeto de esta, las condiciones y los plazos de ejercicio conforme a lo establecido en la normativa aplicable.

PASOS A SEGUIR

1

El interesado debe aportar la documentación administrativa y técnica necesaria conforme a lo dispuesto en el Anexo II de la Ordenanza de licencias y declaraciones responsables urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid.

d-tecnica
d-administrativa
2

Entregada la documentación completa a STT, procedemos a dar de alta su expediente en nuestro sistema informático de gestión interno, en contacto directo con el Ayuntamiento.

3

Revisión técnica:

El técnico asignado de STT llevará a cabo una completa revisión de la documentación aportada, manteniendo informado al interesado del proceso en todo momento. Se realizan loscorrespondientes requerimientos de subsanación:

  • Subsanación documental
  • Subsanación de deficiencias técnicas

En caso de ser precisa la incorporación de informes sectoriales a la tramitación, tales como prevención de incendios, evaluación ambiental, protección del patrimonio, etc.., desde STT los solicitaremos directamente en el plazo máximo de 5 días desde que la documentación esté completa, suspendiéndose el plazo de tramitación hasta la contestación de los órganos municipales.

4

Revisada toda la documentación con resultado favorable, emitiremos el certificado de conformidad en el plazo máximo de un mes, no computándose el plazo establecido para la obtención de los informes y para la subsanación de las deficiencias requeridas

5

Se procederá a realizar la autoliquidación de tributos que correspondan (ICIO, tasas por la ocupación de la vía pública, garantía de gestión de RCD, etc…) remitiendo al interesado los impresos correspondientes y toda la información necesaria.

6

Una vez recibidos los justificantes de pago y la documentación requerida, procedemos a la presentación en registro del Ayuntamiento del expediente completo, con el correspondiente Certificado de conformidad ya emitido, el cual tiene efectos equiparables al informe técnico municipal y será suficiente para la concesión de la licencia. El plazo máximo establecido por la Ordenanza vigente para resolver sobre la concesión o denegación de la licencia será de 1 mes.

7

Una vez concedida la licencia el titular tendrá que comunicar la finalización de la actuación a STT para realizar la fase de control de obras y solicitar la licencia de 1ª ocupación y funcionamiento.

img-calculadora Calcula el coste de tu licencia
img-telefono